Los Centros de Inserción Social, más conocidos como CIS, son, en muchos de los casos, Centros Penitenciarios, y no simples departamentos dependientes, pues tienen estructura propia, y como tal, son plenamente independientes, poseyendo Dirección y Junta de Tratamiento. 

Están destinados a condenados que van a ser clasificados en tercer grado o art. 100. 2 RP, donde los internos llevan una vida en semilibertad, pudiendo insertarse en la vida laboral y conciliar de forma más profunda con la vida familiar, disfrutando, además, de permisos y salidas de fin de semana.

Tras el dictado de la Instrucción 6/2020 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sobre protocolo de ingreso directo en centro de inserción social de 17 de diciembre, es posible ingresar de forma directa en estos centros y ser clasificados inicialmente, de una forma más ágil, en tercer grado o art. 100.2 RP, pudiendo, casi desde los primeros días de cumplimiento, conciliar el periodo de privación de libertad con el trabajo, las salidas de fin de semana y los permisos.

Para ello, hay que cumplir unos requisitos de forma acumulativa, aunque, en casos determinados, es posible acceder faltando alguno de los mismos. Estos son:

  • Condenados a penas no superiores a 5 años de prisión.

  • Primer cumplimiento (o que el anterior sea muy antiguo).

  • Estar satisfaciendo la Responsabilidad Civil o comprometerse de conformidad con la capacidad económica del sujeto en cuestión.

  • Seguir el tratamiento de dependencia (para aquellos casos de drogodependientes).

  • Tener un contrato de trabajo o actividad formativa.

  • Contar con apoyo familiar.

  • Hechos de una antigüedad mínima de 3 años.

Existen dos procesos distintos para activar el ingreso: en periodo voluntario de presentación o fuera el mismo.

En nuestro despacho hemos conseguido 💪🏼 que uno de nuestros clientes, con una pena de prisión de 5 años y 11 meses, pudiese, no sólo acceder de forma directa por el cis de huelva, sino que pudiera ser clasificado inicialmente en tercer grado. Y ello, tras ser valorado de forma pormenorizada por los miembros del Equipo Técnico, que realizan una gran labor, que permiten hacer realidad principios básicos del Derecho Penitenciario: Reinserción Social e Individualización Científica, todo ello a través de un tratamiento personalizado y adaptado a las necesidades y características de cada interno.

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Si tienes que cumplir una condena de prisión y reunes estos requisitos, no dudes en llamarnos te haremos las gestiones necesarias para el acceso directo.

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López Rodríguez Abogados.

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