El juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha fallado a favor de la absolución de las ocho personas encausadas por su participación en la reyerta multitudinaria que tuvo lugar a principios de diciembre de 2019 en la discoteca Circus, en el centro comercial Aqualon.

El episodio, que acabó con un joven -que es, de hecho, uno de los encausados- ingresado en el hospital Juan Ramón Jiménez tras haber recibido una puñalada en el transcurso de la macropelea, puso en entredicho la seguridad del establecimiento, que se vio superada por la reyerta en la que botellas, sillas y mesas volaron por los aires, para pánico de los allí presentes.

Los hechos tuvieron lugar, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso huelva24.com, a la 1.30 horas del día 8 de diciembre de 2019, en el interior de la discoteca Circus, sita en los altos del centro comercial, donde «por motivos no concretados pero relacionados con enemistad previa«, se inició una discusión entre dos de los acusados, «discusión que derivó en enfrentamiento en circunstancias no determinadas».

Así, en el momento de la discusión los acusados se encontraban rodeados por decenas de personas, aglomeradas en la discoteca, y un número no determinado de personas se sumó al incidente. En el transcurso del cual, personas no identificadas se golpearon, lanzaron botellas, vasos de cristal, y mobiliario diverso.

Imágenes que no permiten la identificación

Pese a la existencia de cámaras de seguridad en el local, la identidad de las personas participantes en la pelea no puede ser esclarecida, ni mucho menos puede serlo, tal y como ha sostenido durante el proceso la defensa de siete de los acusados, ejercida por Juan Blas López, de López Rodríguez Abogados, su nivel de implicación en los hechos.

Así, no resulta posible determinar con un mínimo rigor quién participó en el enfrentamiento y, en consecuencia, mucho menos, cuál fue la intervención de cada uno de ellos.

Tal y como recoge la sentencia, el visionado de las imágenes aportadas confirma lo que los agentes explicaron en juicio: se trata de un incidente en una discoteca con gran aglomeración de personas en espacio reducido, y las imágenes dejan constancia de lo violento del episodio, pero no permiten tener certezas sobre quién hizo qué.

Los agentes que analizaron las grabaciones «pudieron identificar a los acusados como presentes en el lugar», y «vieron salir a los siete acusados juntos y apresuradamente y que uno portaba un cuchillo«, pero »todos reconocen que de lo observado no pudieron determinar qué personas participaron en el incidente y cual fue la actuación de cada uno de los acusados, que no se puede determinar porque no se ve nítidamente nada»

La sentencia considera que no se puede probar su nivel de participación en la misma, en la que se vieron envueltas numerosas personas

Se atiende así a la defensa, ejercida por Juan Blas López Rodríguez, que sostenía que no se podía identificar a los participantes ni determinar su grado de implicación

Otro caso de éxito de LÓPEZ RODRÍGUEZ ABOGADOS.

Fuente: Huelva24.com

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